MC Propiedades
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Impuestos, deducciones y costos asociados a las transacciones inmobiliarias:

Impuesto a la Transmisiones Patrimoniales (ITP) 2% del Valor Catastral

Honorarios de la Inmobiliaria interviniente (Arancel de la Cámara Inmobiliaria del Uruguay) 3% + iva del Valor de compra

Honorarios del Escribano designado por el comprador (Arancel de la Asociación de Escribanos del Uruguay) 3% + iva del Valor de compra

Impuesto a la Transmisiones Patrimoniales (ITP) - 2% del Valor Catastral.

IRPF Impuesto a la renta:

Persona física

- Propiedades adquiridas antes del 30/06/2007 - 1.8 % del valor de venta (criterio ficto)

- Propiedades adquiridas después del 30/06/2007 - 12 % del resultado por venta.

Honorarios de la Inmobiliaria interviniente (Arancel de la Cámara Inmobiliaria del Uruguay) 3% + iva del Valor de compra.
Señar la propiedad una vez que se acordaron las condiciones del arrendamiento. Este documento será proporcionado por la inmobiliaria y quedara establecido lo acordado con el propietario en cuanto a: valor del alquiler, plazo del arriendo, tipo de garantía a ser utilizada, comisión inmobiliaria.

Diferentes garantías que pueden considerarse.
PROPIEDAD DE INMUEBLE : Se presenta documentación que acredite que el bien inmueble está libre de embargos, interdicciones y gravámenes y que la persona que firma como garante es el propietario de dicho bien. Este documento es emitido por Escribano Público y se deberán solicitar los certificados registrales de acto personales y del inmueble. En caso que la propiedad se vendiera durante el transcurso del arriendo, se deberá presentar otra garantía que sea aceptada por el propietario; de lo contrario se rescindiría el contrato de alquiler.
ANDA: Es una empresa que brinda garantías de alquiler. El inquilino debe afiliarse y Anda quien le cobrará un porcentaje tanto al inquilino como al propietario por el servicio de administración. www.anda.com.uy
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN: es una garantía a la cual pueden acceder los EMPLEADOS PÚBLICOS y las empresas que tengan convenio con dicho ente. Permite el descuento del alquiler directamente del sueldo del inquilino y posterior deposito en la cuenta bancaria del propietario. www.cgn.gub.uy
DEPOSITO EN BANCO HIPOTECARIO: El inquilino realiza un depósito en el Banco Hipotecario correspondiente al importe de 5 meses de alquiler (en caso de vivienda particular) ó 10 meses de alquiler (en caso de comercio).La misma se retirará a 2 firmas (propietario e inquilino) una vez finalizado el contrato de arrendamiento.
PORTO SEGUROS: Ofrece la posibilidad de un seguro que debe abonar el inquilino, siendo el propietario el beneficiario, asegurándole a este el cobro del arriendo durante la duración del contrato.

CONTRATO: Una vez que se presentan y son aceptadas las garantías, referencias y toda la documentación detallada anteriormente, se efectiviza la firma del contrato juntamente con el inventario de la propiedad.